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Sentencias Por el Inpsasel

VENEZUELA: Sentencian a 7 años de prisión a empleadores por accidente de trabajo. Caso (PROVEGRAN)

ABTPRL | 16 Agost, 2011 09:12
El pasado viernes 12 de agosto de 2011 el juez Nelson Alexis García Morales del tribunal quinto de juicio del circuito judicial penal del Estado Aragua, dictó sentencia condenatoria contra los dueños de la empresa "Procesadora Venezolana de Grasas Nacionales (PROVEGRAN)" por su responsabilidad en la muerte de nueve (9) trabajadores en las instalaciones de la empresa el día 18 de agosto del año 2003.
En esa empresa se procesan desechos de animales provenientes de los mataderos (vísceras, huesos, plumas, cachos, etc.), los cuales generan en el proceso de descomposición, gases tóxicos irritantes y asfixiantes cómo el ácido sulfhídrico, (también conocido como sulfuro de hidrógeno), el ácido cianhídrico, nitritos, monóxido y dióxido de carbono; el sábado anterior al nefasto accidente de trabajo, los empleadores por ahorrarse el pago de horas extras, dejaron parte de los desechos acumulados para procesarlos 48 horas después; esto hizo que se produjeran los gases tóxicos que mataron a los 9 trabajadores, por el incumplimiento de las normas básicas de salud y seguridad en el trabajo.
El juicio se inició el 6 de mayo de 2010, durante el mismo se realizaron 36 audiencias, donde declararon más de 50 testigos, expertos y trabajadores; en el transcurso de las mismas quedó fehacientemente demostrado que la muerte de los trabajadores ocurrió por la alta concentración de gases asfixiantes producto de la descomposición de los desechos cárnicos y por tener los trabajadores que evacuar el lodo orgánico que se acumuló en una fosa, con un rudimentario tobo plástico amarrado con una cuerda; al romperse la cuerda y quedar el tobo en la fosa, uno de los trabajadores bajó a buscarlo, desconociendo totalmente que peligro inminente para su vida al bajar a la fosa con una atmosfera cargado de gases asfixiantes; al caer el primer trabajador por el efecto inmediato de los gases, otros 8 trabajadores, en una conducta heroica bajaron a tratar de rescatar a sus compañeros, sufriendo el efecto de los gases y falleciendo por asfixia por la carencia de oxígeno en la fosa.
Ese lunes 18 de agosto de 2003, murieron 9 padres de familia que laboraban como obreros, por la irresponsabilidad de unos patronos que durante 30 años habían violado los derechos más elementales de los trabajadores en materia laboral y de seguridad y salud en el trabajo.
El próximo 18 de agosto se cumplirán 8 años del accidente de trabajo ocurrido en esa empresa ubicada en Las Tejerías, Estado Aragua, en el cual perdieron la vida los trabajadores Edgar Guerra Macuare, Luis Enrique Aquino, Elvis Jesús Quintero, Vianny Saúl Ríos, Ciro Alfonso Hernández, José Carrillo, Alberto José Molina, Claudio Delgado y Paul Delgado.
La acusación la terminaron llevando por el ministerio público los fiscales especiales nacionales en materia de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales Gustavo Li Chang y Jairo Flores, por la familia Guerra Macuare la acusación la hizo la Sra. Ana Macuare de Guerra, madre del trabajador Edgar Guerra Macuare, asistida por la abogada Hegel Hernández.
La empresa y sus abogados utilizaron todos los argumentos, pretextos y leguleyismos para retardar el juicio penal; por eso es que después de casi 8 años de ocurrido el accidente, es ahora que se dicta la sentencia.
No hay dudas que éste es, hasta ahora, el juicio más importante celebrado en el país en los últimos años por un accidente de trabajo: por el número de trabajadores fallecidos, por el impacto que tuvo en la sociedad y en el mundo de la salud de los trabajadores y por la sentencia que se dictó a los responsables de la tragedia, lo que se convierte en un precedente fundamental para los próximos juicios de este tipo en el país.
Esta sentencia marcará un antes y un después en los juicios por muertes de trabajadores en accidentes de trabajo, por cuando de ahora en adelante se hace evidente que los empleadores o patronos pueden ir presos por incumplir su obligación de brindar condiciones dignas, seguras y saludables a sus trabajadores que minimicen las posibilidad de sufrir accidentes y enfermedades ocupacionales.
Los dueños de Provegran a quienes se les dictó la pena de 7 años de privación de libertad son: Gabrielle Ferri y Mounir Nassif, por homicidio de trabajadores, en tanto a Giancalo Ciavatta y Roberto Ferri que fungían como supervisores directos de la producción les fue dictada una pena de 3 años de prisión para cada uno por homicidio de trabajadores en grado de facilitadores. Esta sentencia  es histórica por cuanto en la sentencia el juez dejó claro que ellos eran los culpables de la muerte de los 9 trabajadores al haber violado las normas más elementales de salud y seguridad en el trabajo.